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El Consejo de Derechos Humanos de la ONU debe garantizar la continuidad y el fortalecimiento del monitoreo de la situación de los derechos humanos en Nicaragua

Carta a estados miembro del Consejo de Derechos Humanos

Para: Estados miembro del Consejo de Derechos Humano

 

4 de marzo de 2020

 

Excelencia:

Las organizaciones de derechos humanos abajo firmantes pedimos al Consejo de Derechos Humanos (CDH) que durante el 43º periodo de sesiones adopte una resolución para renovar y reforzar el mandato de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACNUDH) para hacer seguimiento e informar sobre la situación en Nicaragua, tal como ha solicitado la alta comisionada de las Naciones Unidas para los derechos humanos[1]. Instamos a su delegación a apoyar activamente la adopción de dicha resolución.

A pesar de los esfuerzos regionales y de la ONU para abordar la crisis, la situación sobre en Nicaragua sigue siendo crítica. Desde que el gobierno expulsó, a finales de 2018, al personal de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y de la OACNUDH, este se ha negado a permitir que observadores internacionales de derechos humanos accedan al país. La represión ejercida por el gobierno desde las protestas de 2018 en contra de organizaciones de derechos humanos, organizaciones feministas y de mujeres, líderes y lideresas comunitarios y periodistas que documentan abusos continúa limitando el espacio de la sociedad civil de forma dramática. El gobierno sigue llevando a cabo lo que la OACNUDH describe como una “prohibición sistemática de las manifestaciones”; por ejemplo, a través del acoso y la intimidación, en noviembre de 2019, de personas que habían iniciado una huelga de hambre para pedir la liberación de sus familiares[2].  Según grupos de derechos humanos locales, 61 críticos del gobierno se encuentran encarcelados arbitrariamente, mientras que la impunidad por crímenes internacionales y violaciones graves de derechos humanos cometidas por la policía y por grupos parapoliciales sigue siendo la norma.

La presentación continua de informes por parte de la OACNUDH sigue siendo fundamental para garantizar que los graves abusos y violaciones de derechos humanos cometidos durante las protestas de 2018 —que incluyeron asesinatos, tortura, violaciones sexuales y otros actos de violencia sexual—, así como otros crímenes llevados a cabo desde entonces, no queden impunes. Al mismo tiempo, el monitoreo por parte de la OACNUDH es crucial para frenar posibles violaciones de derechos humanos, incluidas las que se puedan cometer en relación con las elecciones presidenciales de 2021.

Habida cuenta de las graves violaciones de derechos humanos y la falta de disposición de las autoridades a cooperar y trabajar con los mecanismos regionales e internacionales, la situación sigue cumpliendo los “criterios objetivos para la acción del Consejo” (véase en el anexo nuestra perspectiva general a este respecto) elaborados en una declaración conjunta encabezada por Irlanda en el 32º periodo de sesiones[3]  para ayudar a identificar situaciones que requieren la atención del CDH. Estos criterios han sido reafirmados por declaraciones conjuntas encabezadas por Países Bajos en el 35º periodo de sesiones, Australia en el 37º periodo de sesiones, Fiyi en el 40º periodo de sesiones, y las Islas Marshall durante la sesión actual del Consejo.

En este contexto, es fundamental que el CDH adopte una resolución para responder con firmeza a las conclusiones del informe presentado por la alta comisionada en septiembre de 2019 (A/HRC/42/18) y siga su recomendación de que el CDH pida a la OACNUDH que “fortalezca el monitoreo, la documentación, el análisis y los informes públicos sobre la situación de los derechos humanos en Nicaragua”. Confiamos en que su delegación apoyará activamente una iniciativa como ésta.

Sírvase aceptar, Excelencia, nuestra consideración más distinguida.

Amnistía Internacional

Articulación de Movimientos Sociales y OSC de Nicaragua (AMS)

Asociadas por lo Justo (JASS)

Centro Nicaragüense de Derechos Humanos (CENIDH)

Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL)

CIVICUS: Alianza Mundial por la Participación Ciudadana

Federación Internacional de los Derechos Humanos (FIDH)

FAN - Feministas Autoconvocadas de Nicaragua

Fondo de Acción Urgente de América Latina y el Caribe (FAU-AL)

Front Line Defenders

Fundación Popol Na

Fundación del Río

Human Rights Watch

Iniciativa Mesoamericana de Mujeres Defensoras de los Derechos Humanos (IM-Defensoras)

Iniciativa Nicaragüense de Defensoras de Derechos Humanos (INDDH)

Instituto sobre Raza, Igualdad y Derechos Humanos (Raza e Igualdad)

Movimiento Autónomo de Mujeres (MAM)

Oficina en Washington para Asuntos Latinoamericanos (WOLA)

Oxfam

Plataforma Internacional Contra la Impunidad

Punto Focal de la Campaña 28 de Setiembre por la Despenalización del Aborto en América Latina y el Caribe

Red de Salud de las Mujeres Latinoamericanas y del Caribe - Enlace Nacional Nicaragua

Red Local

Servicio Internacional para los Derechos Humanos (ISHR)

Unión de Presas y Presos Políticos Nicaragüenses (UPPN)

Anexo: Evaluación de la situación en Nicaragua frente a los criterios objetivos para la acción del Consejo de Derechos Humanos

Durante el 32º periodo de sesiones (CDH32) del Consejo de Derechos Humanos de la ONU, celebrado en junio de 2016, Irlanda pronunció una declaración[4] en nombre de un grupo interregional de Estados (basándose en una declaración conjunta previa pronunciada por Maldivas) que proponía unos criterios objetivos (o “principios rectores”) para “ayudar [al Consejo de Derechos Humanos] a decidir, de forma objetiva y no selectiva, cuándo debe trabajar de forma útil con un Estado concreto para prevenir, responder o abordar violaciones de derechos humanos y ayudar a reducir una situación preocupante”. La aplicación de estos criterios objetivos se ha reafirmado desde entonces en declaraciones conjuntas interregionales pronunciadas por Países Bajos en el 35º periodo de sesiones del Consejo en nombre de 49 Estados, en una declaración conjunta pronunciada por Australia en nombre de 11 miembros entrantes del Consejo de todos los grupos regionales en el 37º periodo de sesiones y en declaraciones similares presentadas por Fiyi en nombre de 10 miembros entrantes en el 40º periodo de sesiones, y por las Islas Marshall en nombre de nueve miembros entrantes en el 43º período de sesiones.

El análisis llevado a cabo por nuestras organizaciones, detallado a continuación, muestra que todos los criterios identificados en la declaración conjunta se han cumplido parcial o totalmente en el caso de Nicaragua.

  • ¿Ha habido un llamado a tomar medidas sobre esta situación por parte del secretario general de la ONU, el Alto Comisionado u otro órgano, organismo o agencia pertinente de la ONU?

En el informe presentado al Consejo de Derechos Humanos en septiembre de 2019[5], la alta comisionada de las Naciones Unidas para los derechos humanos expresó motivos de honda preocupación por la situación en Nicaragua y pidió explícitamente al CDH que renovara y reforzara el mandato de seguimiento y presentación de informes de su oficina.

  • ¿Ha habido recomendaciones para tomar medidas sobre esta situación por parte de procedimientos especiales?

Desde que comenzó la crisis, los procedimientos especiales han planteado pública y reiteradamente sus motivos de preocupación mediante declaraciones conjuntas y acciones urgentes[6], entre ellas:

  • Declaración conjunta: Nicaragua: debe poner fin a las represalias contra los periodistas, dicen expertos en derechos humanos, 26 de agosto de 2019[7].
  • Declaración conjunta: Nicaragua debe poner fin a la represión de los derechos humanos - Expertos de la ONU, 22 de noviembre de 2018[8].
  • Declaración conjunta: Nicaragua debe poner fin a la “caza de brujas” contra las voces disidentes, dicen expertos de la ONU, 9 de agosto de 2018[9].
  • Declaración conjunta: Nicaragua: el gobierno debe poner fin a la violencia y restablecer el diálogo político, piden expertos de la ONU, 14 de junio de 2018. [10].
  • Declaración conjunta: Nicaragua: Experts say appalled by Government’s violent response to peaceful protests, 27 de abril de  2018[11].
     
  • ¿Tiene el Estado en cuestión una INDH de “clase A”? De ser así, ¿ha llamado esa institución la atención de la comunidad internacional hacia una situación emergente y ha pedido que se emprendan acciones?

La INDH de Nicaragua fue degradada a clase B tras una recomendación del Subcomité de Acreditación de la Alianza Global de las Instituciones Nacionales de Derechos Humanos (GANHRI), por no estar “preparada para pronunciarse con la contundencia adecuada […] en respuesta a denuncias creíbles de graves violaciones de los derechos humanos”[12].

  • ¿Se ha mostrado el Estado en cuestión dispuesto a reconocer que se enfrenta a desafíos especiales en materia de derechos humanos y ha tomado un conjunto de medidas creíbles, incluidos un calendario y unos parámetros de referencia, para responder a la situación? ¿Está el Estado en cuestión colaborando de manera significativa y constructiva con el Consejo sobre la situación?

El informe presentado por la OACNUDH al CDH en septiembre de 2019 denunció la constante negación por parte de las autoridades de la responsabilidad de los graves abusos y violaciones de derechos humanos, y sostuvo que las autoridades “han culpado a los líderes sociales y de la oposición, a los defensores de los derechos humanos y a los manifestantes de lo que llaman la ‘violencia golpista’ y su repercusión negativa en la economía del país”[13].

La constante negativa del gobierno aceptar la crisis de derechos humanos o a dialogar y cooperar para abordarla quedó claramente en evidencia cuando las autoridades declararon que las conclusiones y recomendaciones del informe de la OACNUDH tenían como intención continuar una campaña difamatoria contra el gobierno y facilitar “condenas políticas y medidas contra el pueblo nicaragüense”[14].

  • ¿Está el Estado en cuestión cooperando de forma efectiva con los procedimientos especiales del CDH, lo que incluye dar permiso para visitar el país?

Nicaragua no ha permitido el acceso al país de los procedimientos especiales desde una visita realizada por el relator especial sobre el derecho a la alimentación en 2009. Seis procedimientos especiales han solicitado acceso desde 2016, entre ellos el Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria y el relator especial sobre el derecho a la libertad de reunión pacífica, pero no han podido llevar a cabo visitas[15]. Nicaragua tampoco ha respondido a la gran mayoría de las comunicaciones enviadas por los procedimientos especiales[16].

  • ¿Colabora el Estado en cuestión con la OACNUDH, incluso en el área de la asistencia técnica, y colabora de forma efectiva con los órganos de tratados de derechos humanos de la ONU?

En agosto de 2018, un equipo de la OACNUDH  fue expulsado de Nicaragua, al día siguiente de publicar un informe sobre los patrones de abusos y violaciones de derechos humanos cometidos en el país[17]. En 2020, el gobierno seguía impidiendo que la OACNUDH realice un seguimiento en terreno de la situación de derechos humanos en el país[18]. Por tanto, la Oficina Regional de la OACNUDH para Centroamérica ha tenido que continuar realizando a distancia su seguimiento de la situación de los derechos humanos.

Nicaragua aún no ha cumplido con su obligación de presentar informes a la mayoría de los órganos de tratados (Comité de Derechos Humanos, 6 años de retraso; Comité contra la Tortura, 5 años; Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, 8 años; Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial, 7 años; Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, 5 años; Comité de los Derechos del Niño, 3 años).

  • ¿Algún mecanismo o institución regional pertinente ha identificado que la situación requiere la atención de la comunidad internacional? ¿Está el Estado en cuestión cooperando con las organizaciones regionales pertinentes?

En 2018, la CIDH, en acuerdo con el gobierno nicaragüense, estableció formalmente dos mecanismos para monitorear e investigar la situación de los derechos humanos: el Mecanismo Especial de Seguimiento para Nicaragua (MESENI) y el GIEI. En diciembre de 2018, Nicaragua expulsó del país tanto al MESENI como al GIEI, un día antes de la fecha prevista para la publicación del informe del GIEI. Tras su expulsión del país, el GIEI publicó su informe, en el que concluía que los abusos cometidos en el país, que incluían asesinato, detenciones arbitrarias y persecución, constituían crímenes de lesa humanidad[19]. Tras una resolución adoptada en junio de 2019 por la Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos (OEA)[20], el Consejo Permanente nombró, en agosto de 2019, una comisión para abordar la crisis política y social en Nicaragua[21]. En septiembre de 2019, el gobierno negó a la Comisión sobre Nicaragua acceso al país[22].  A pesar de la negativa del gobierno nicaragüense a reunirse con la Comisión, ésta pudo emitir su informe, en cumplimiento de su mandato. Tras recibir numerosos testimonios que informaban de acoso e intimidación constantes sufridos por las personas a las que se consideraba contrarias al gobierno, e informaban también de detenciones arbitrarias, trato inhumano y restricciones al ejercicio de los derechos políticos y la libertad de expresión, la Comisión concluyó que “Nicaragua vive una crítica situación en materia de derechos humanos que requiere la urgente atención de la comunidad interamericana e internacional en su conjunto”[23].

  • ¿Está el Estado en cuestión facilitando u obstaculizando el acceso y el trabajo por parte de actores humanitarios, defensores y defensoras de los derechos humanos, y medios de comunicación?

Nuestras organizaciones han documentado reiterados actos de censura, ataques y amenazas contra los medios de comunicación, periodistas y defensores y defensoras de los derechos humanos y sus familias por parte de la policía y grupos armados parapoliciales durante las protestas[24].  El gobierno ha hecho redadas en las oficinas de medios de comunicación independientes, ha presentado cargos penales contra periodistas, ha cancelado la personería jurídica de nueve organizaciones de la sociedad civil, y ha expulsado del país a periodistas extranjeros y a observadores internacionales de derechos humanos.

Estas preocupaciones han sido expresadas por los mecanismos regionales e internacionales de derechos humanos. El 26 de agosto de 2019, un grupo de procedimientos especiales emitió una declaración en la que pedía a Nicaragua que cesara las represalias contra periodistas[25], como seguimiento de una declaración anterior emitida en noviembre de 2018 en la que instaba “al gobierno de Nicaragua que ponga fin de inmediato a la represión y las represalias contra quienes se muestran en contra de las acciones del Gobierno y cooperan con la ONU, incluidos los defensores y defensoras de derechos humanos, periodistas y manifestantes pacíficos”[26]. En noviembre de 2019, en una declaración de prensa, la OACNUDH pidió al gobierno que pusiera fin “a la represión persistente del disenso y al actual patrón de detenciones arbitrarias, y se abstenga de criminalizar y atacar a los defensores y defensoras de los derechos humanos, los opositores políticos y otras voces críticas”[27].

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ha expresado su preocupación por la “nueva etapa de la represión en Nicaragua tendiente a silenciar, intimidar y criminalizar a las voces opositoras al Gobierno, a los organismos de derechos humanos y a los medios de comunicación independientes en el país”[28]. En diciembre de 2019, la CIDH dictó medidas cautelares en favor de 17 defensoras de los derechos humanos que habían sufrido acoso, intimidación, amenazas de muerte y ataques en este contexto[29]. La Corte Interamericana de Derechos Humanos también ha tenido que dictar medidas provisionales para proteger a miembros de dos ONG locales, a causa de los graves riesgos para sus vidas y su integridad física[30].

 

 

[1] OACNUDH, Situación de los derechos humanos en Nicaragua. Informe de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas (A/HRC/42/18), 3 de septiembre de 2019, párr. 66.

[5] OACNUDH, Situación de los derechos humanos en Nicaragua. Informe de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas (A/HRC/42/18), 3 de septiembre de 2019, párr. 67.

[6] Únicamente para 2019, véanse las comunicaciones NIC 5/2019, NIC 4/2019, NIC 3/2019, NIC 2/2019, NIC 1/2019.

[12] Informe del Subcomité de Acreditación de la GANHRI – Mayo de 2018, pág. 28, disponible en: https://nhri.ohchr.org/EN/AboutUs/GANHRIAccreditation/Documents/SCA%20Report%20May%202018-Sp.pdf; GANHRI, Informe y recomendaciones del periodo de sesiones del Subcomité de Acreditación. Ginebra, 11-15 de marzo de 2019, p.30-35, disponible (en inglés) en: https://nhri.ohchr.org/EN/AboutUs/GANHRIAccreditation/Documents/SCA%20Report%20March%202019%20-%20EN%20.pdf.

[13] OACNUDH, Situación de los derechos humanos en Nicaragua. Informe de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas (A/HRC/42/18), 3 de septiembre de 2019, párr. 60.

[14] OACNUDH, Nota verbal de fecha 2 de septiembre de 2019 dirigida a la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos por la Misión Permanente de Nicaragua ante la Oficina de las Naciones Unidas en Ginebra (A/HRC/42/G/2), 17 de septiembre de 2019, disponible en: https://ap.ohchr.org/documents/dpage_s.aspx?c=132&su=135.

[15] OACNUDH, Véanse las visitas a los países de los procedimientos especiales del Consejo de Derechos Humanos desde 1998, disponible en: https://spinternet.ohchr.org/ViewCountryvisits.aspx?visitType=pending&lang=es

[16] Más información en: Búsqueda de informes y comunicaciones de la OACNUDH (página en inglés), https://spcommreports.ohchr.org/TmSearch/Results?page=2

[17] OACNUDH, Press briefing note on Libya, Nicaragua, Malawi and Guatemala, 4 de septiembre de 2018, disponible en: https://www.ohchr.org/EN/NewsEvents/Pages/DisplayNews.aspx?NewsID=23497&LangID=E.

[18] OACNUDH, Situación de los derechos humanos en Nicaragua. Informe de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas (A/HRC/42/18), 3 de septiembre de 2019, párr. 2.

[19] GIEI-Nicaragua, Informe sobre los hechos de violencia ocurridos entre el 18 de abril y el 30 de mayo de 2018, diciembre de 2018.

[20] Asamblea General de la OEA, La situación en Nicaragua AG/RES.2943 (XLIX-O/19), 28 de junio de 2019, págs. 169-173.

[21] Consejo Permanente de la OEA, Resolución sobre el nombramiento de una Comisión sobre Nicaragua (CP/RES. 1135/19), 28 de agosto de 2019, disponible en: http://scm.oas.org/doc_public/spanish/hist_19/cp41406s03.doc

  1. Amnistía Internacional, Nicaragua: Estados miembros de la OEA deben continuar trabajando enérgicamente contra la represión, 1 de octubre de 2019.

[23] OEA, Informe de la Comisión de Alto Nivel de la Organización de los Estados Americanos sobre Nicaragua, 19 de noviembre de 2019.

[28] CIDH, CIDH denuncia agravamiento de la represión y el cierre de espacios democráticos en Nicaragua, 19 de diciembre de 2018, disponible en: https://www.oas.org/es/cidh/prensa/comunicados/2018/273.asp; CIDH, CIDH denuncia la persistencia de la represión y expresa su preocupación por incremento de hostigamiento contra personas defensoras de derechos humanos y excarceladas en Nicaragua, 6 de septiembre de 2019, disponible en: http://www.oas.org/es/cidh/prensa/Comunicados/2019/220.asp.

[30] Corte Interamericana de Derechos Humanos, Asunto integrantes del Centro Nicaragüense de Derechos Humanos (CENIDH) y de la Comisión Permanente de Derechos Humanos (CPDH), Medidas provisionales respecto de Nicaragua, Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, 14 de octubre de 2019.

 

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