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Informe para el Examen Periódico Universal de México

45th período de sesiones de las Naciones Unidas

Resumen

  1. Este informe resume las principales preocupaciones de Human Rights Watch con respecto al cumplimiento de las obligaciones internacionales del Gobierno de México desde su último Examen Periódico Universal (EPU) en 2018. Durante los EPU anteriores, México aceptó recomendaciones para abordar diversos problemas crónicos de derechos humanos, incluyendo violencia generalizada por parte de grupos de crimen organizado, uso frecuente de la tortura en investigaciones penales, una creciente crisis de desapariciones, abusos contra migrantes y solicitantes de asilo, y ataques contra periodistas y defensores de derechos humanos. Estos siguen siendo motivo de grave preocupación. Las medidas legales y las reformas constitucionales aprobadas para abordar estos problemas han sido ineficaces y, en ocasiones, contraproducentes.

   

Seguridad pública

  1. Los niveles de delitos violentos se han disparado en México en las dos últimas décadas, alcanzando máximos históricos en los últimos años. Sucesivos gobiernos han desplegado las Fuerzas Armadas en el país para luchar contra el crimen organizado y llevar a cabo tareas policiales. Esta estrategia no ha logrado reducir la delincuencia violenta y ha provocado graves violaciones de derechos humanos, incluyendo ejecuciones extrajudiciales, tortura y desapariciones forzadas.[1]
  2. Durante el EPU de 2018, México aceptó recomendaciones para hacer frente al crimen organizado y reducir los altos niveles de asesinatos y otros tipos de delitos violentos que afectan a la vida cotidiana de los mexicanos.[2] También se comprometió a reforzar la independencia y la eficacia del poder judicial.[3] Durante el EPU de 2013, México aceptó garantizar que sus esfuerzos para combatir el crimen organizado se mantuvieran apegadas a las normas de derechos humanos y continuar desarrollando la capacidad de las fuerzas de seguridad bajo mando civil.[4]
  3. Las tasas de delitos violentos se han mantenido alarmantemente altas. En 2021, la tasa de homicidios fue de 28 por cada 100 mil habitantes, una de las más altas del mundo.[5] En lugar de profesionalizar a la policía civil, México ha continuado con su estrategia de militarización de la seguridad pública. En 2019, México disolvió la Policía Federal, sustituyéndola por la Guardia Nacional, una fuerza militar. El Ejército informa haber matado a 866 civiles entre enero de 2019 y mayo de 2023.[6]

Recomendaciones:

  • Abordar desde la raíz las causas de la violencia delictiva, como la pobreza, la falta de oportunidades económicas y la exclusión social.
  • Redoblar los esfuerzos para profesionalizar las fuerzas de seguridad civiles y poner fin al papel de las Fuerzas Armadas en la seguridad pública.
  • Garantizar que las denuncias de ejecuciones extrajudiciales y otros abusos cometidos por las Fuerzas Armadas sean debidamente investigadas por las autoridades civiles.

 

Acceso a la justicia

  1. Durante su EPU de 2018, México acordó abordar la impunidad generalizada por los delitos violentos y las violaciones de derechos humanos y tomar medidas para garantizar investigaciones rápidas, exhaustivas, independientes e imparciales, así como juicios justos.[7] También se comprometió a establecer una fiscalía general autónoma e independiente con mecanismos de rendición de cuentas y capacidad técnica para realizar investigaciones transparentes.[8]
  2. Sin embargo, las autoridades no investigan ni judicializan la mayoría de los delitos. Alrededor del 90 % de los delitos nunca se denuncia, un tercio de los delitos denunciados nunca se investiga y poco menos del 16 % de las investigaciones se “resuelven” (ya sea en los tribunales o a través de la mediación o la compensación).  Esto significa que las autoridades resolvieron poco más del 1 % de todos los delitos cometidos en 2021.[9]
  3. En 2018, México promulgó una reforma para que la fiscalía general fuera independiente del gobierno y rindiera cuentas a las víctimas y sus familias.[10] Sin embargo, muchas partes de la reforma nunca se implementaron adecuadamente y, en 2021, el Congreso derogó muchas disposiciones clave.[11]

Recomendaciones

  • Garantizar que las denuncias de delitos violentos y de abusos de derechos humanos sean investigadas con prontitud y eficacia.
  • Garantizar que los operadores de justicia dispongan de formación y recursos suficientes para investigar y perseguir eficazmente los delitos.
  • Adoptar medidas para reforzar la independencia y el profesionalismo de los investigadores y fiscales del sistema de justicia penal.

 

Tortura y detención arbitraria

  1. Durante su EPU de 2018, México acordó combatir la detención arbitraria y la tortura de detenidos en el sistema de justicia penal, entre otras cosas, estableciendo un registro nacional de detenciones, garantizando que las acusaciones de tortura y otros malos tratos se investiguen adecuadamente y poniendo fin a la detención de arraigo. [12]
  2. La tortura sigue siendo habitual. En la encuesta más reciente de personas encarceladas realizada por el organismo nacional de estadística de México en julio de 2021, casi la mitad de los encuestados afirmaron que, tras ser detenidos, policías o soldados les habían sometido a formas graves de malos tratos, incluyendo golpes, asfixia, descargas eléctricas, ahogamiento o violencia sexual, antes de entregarlos a los fiscales.[13] Entre aquellos que habían confesado un delito, el 38 % dijo que sólo lo había hecho porque las autoridades les habían golpeado o amenazado con hacerles daño a ellos o a sus familias.[14]
  3. Las autoridades recibieron al menos 15,904 denuncias penales por tortura entre el 1 de enero de 2018 y el 31 de marzo de 2023, según un registro nacional creado por la Fiscalía General de la República.[15] Es probable que la cifra real sea mayor, ya que seis estados no han facilitado datos para el registro.[16] Sólo 30 personas fueron condenadas por tortura entre 2006 y 2021.[17]
  4. La detención prolongada y otras formas de detención arbitraria también siguen siendo un problema. Los jueces están legalmente obligados a ordenar la prisión preventiva para los acusados de muchos delitos, sin evaluar las circunstancias del caso. Más del 40 % de las personas encarceladas en 2021 no habían sido condenadas por ningún delito.[18] El Congreso amplió la lista de delitos que requieren prisión preventiva obligatoria en 2019.[19] Los fiscales también siguen recurriendo a la detención de arraigo, un mecanismo que les permite obtener autorización judicial para detener, durante un máximo de 40 días, a cualquier persona sin presentar cargos.
  5. La Corte Interamericana de Derechos Humanos determinó, en noviembre de 2022 y enero de 2023, que el uso que hace México de la prisión preventiva obligatoria y del arraigo viola estándares internacionales de derechos humanos y le ordenó reformar sus leyes y su Constitución.[20]
  6. El gobierno mexicano creó un registro nacional de detenciones en 2019.[21]

Recomendaciones:

  • Derogar las disposiciones legales y constitucionales que permiten la detención de arraigo y la prisión preventiva obligatoria para adecuarlas a los estándares internacionales de derechos humanos y a las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
  • Emprender una campaña destinada a impedir que soldados, policías y fiscales utilicen la tortura en las investigaciones penales y a garantizar que las denuncias de tortura se investiguen y enjuicien eficazmente.
  • Garantizar que los datos del Registro Nacional de la Tortura sean exactos y completos e incluyan información sobre enjuiciamientos y condenas.

 

Desapariciones y desapariciones forzadas

  1. En su EPU de 2018, México se comprometió a garantizar que las desapariciones se investiguen con prontitud y eficacia y que los responsables comparezcan ante la justicia.[22] También aceptó las recomendaciones de garantizar que haya personal y financiación adecuados para la Comisión Nacional de Búsqueda, mantener actualizado un registro nacional de personas desaparecidas, crear una base de datos nacional de ADN y aceptar la competencia del Comité contra las Desapariciones Forzadas.[23]
  2. Las desapariciones siguen siendo un grave problema. Más de 111 mil personas se consideraban desaparecidas a 4 de julio de 2023, según el registro oficial de personas desaparecidas. Más de 43 mil han desaparecido desde el 1 de diciembre de 2018.[24]
  3. Cuando las familias denuncian las desapariciones, las autoridades rara vez investigan.[25] Las familias de los desaparecidos han formado más de 190 “colectivos de búsqueda” para investigar las desapariciones, incluso, con frecuencia, desenterrando fosas comunes y clandestinas.[26]
  4. Las autoridades creen que muchos de los desaparecidos pueden haber sido enterrados por funcionarios estatales en fosas comunes después de que los servicios forenses los declararan “no identificados” o “no reclamados”.[27] Entre 2006 y 2020, al menos 50 mil cadáveres pasaron por la custodia de los servicios médicos forenses sin ser debidamente identificados.[28] Otros pueden haber sido asesinados y enterrados en fosas clandestinas por policías, soldados o grupos criminales. De 2006 a 2021, las autoridades informaron de haber encontrado más de 4,800 fosas de este tipo en todo el país.[29]
  5. En 2020, México aceptó la competencia del Comité contra la Desaparición Forzada (CED) para recibir y examinar denuncias individuales. En mayo de 2023, el Comité emitió su primera decisión, en la que determinó que México había violado sus obligaciones jurídicas internacionales de llevar a cabo una investigación pronta, exhaustiva e imparcial de la desaparición de un joven que fue sacado de su casa por hombres armados vestidos con uniformes de la Policía en 2013.[30]
  6. En abril de 2022, el CED presentó el informe de su visita a México; la primera visita del CED a un país. El comité criticó a los funcionarios mexicanos por su “actitud pasiva” y expresó su preocupación por la “impunidad casi total” de estos crímenes.[31] En el momento de la publicación del informe, sólo 36 personas habían sido condenadas por su participación en desapariciones forzadas.[32]
  7. En mayo de 2023, la Fiscalía General de la República puso en marcha una base de datos forense nacional para comparar los datos forenses y el ADN de los restos humanos no identificados con las denuncias de personas desaparecidas.[33]

Recomendaciones:

  • Atender el atraso en materia de trabajo forense, garantizando que las autoridades estén suficientemente formadas y equipadas para identificar restos humanos.
  • Garantizar que la policía y los fiscales investiguen con prontitud y eficacia todas las desapariciones y lleven a los responsables ante la justicia.
  • Continuar con los esfuerzos para aplicar las recomendaciones del CED tras su visita al país.
  • Continuar con los esfuerzos para desarrollar una base de datos forense exhaustiva que pueda utilizarse para la identificación masiva.
  • Seguir garantizando que la Comisión Nacional de Búsqueda cuente con suficiente personal y recursos.

 

Periodistas y defensores de derechos humanos

  1. México es uno de los países más peligrosos del mundo para los periodistas, los defensores de derechos humanos y los defensores del medioambiente. En su EPU de 2018, México aceptó recomendaciones para prevenir, investigar y judicializar los asesinatos y las desapariciones de periodistas y defensores de derechos humanos y para garantizar que el mecanismo federal de protección para periodistas y defensores de derechos humanos cuente con el personal, los recursos y el apoyo político necesarios para funcionar con eficacia.[34]
  2. Sin embargo, la violencia contra periodistas y defensores de derechos humanos no ha disminuido. En 2022, 16 periodistas o trabajadores de los medios de comunicación fueron asesinados, lo que lo convirtió en uno de los años más mortíferos desde que se tiene registro.[35] La organización Comité Cerezo informó que 22 defensores de derechos humanos fueron asesinados en 2022.[36] El Centro Mexicano de Derecho Ambiental informó de 24 asesinatos de defensores del medioambiente en 2022. [37]
  3. A menudo las autoridades no investigan o judicializan estos casos de manera eficaz. La fiscalía especial federal encargada de investigar los crímenes contra periodistas informó de haber abierto 1,634 investigaciones desde su creación en julio de 2010 hasta finales de mayo de 2023. Durante ese tiempo, obtuvo 35 sentencias, siete de ellas por homicidio. La mayoría de las sentencias se han obtenido desde que el actual fiscal especial fue nombrado en 2017.[38]
  4. El Mecanismo Federal de Protección para Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas sigue careciendo de personal y fondos suficientes y tiene dificultades para coordinarse con los funcionarios estatales y locales, por lo que a veces es incapaz de satisfacer las necesidades de protección.[39] Desde la creación del mecanismo en 2012 hasta mayo de 2022, ocho periodistas y dos defensores de derechos humanos habían sido asesinados mientras recibían protección.[40]

Recomendaciones:

  • Garantizar que los asesinatos y las desapariciones de periodistas, defensores de derechos humanos y defensores del medioambiente se investiguen con prontitud, eficacia e imparcialidad y que los responsables sean llevados ante la justicia.
  • Garantizar que haya suficiente personal y recursos para el mecanismo federal de protección de periodistas y defensores de derechos humanos.

 

Migrantes y solicitantes de asilo

  1. Cientos de miles de personas atraviesan México cada año, huyendo de la violencia y la persecución o en búsqueda de oportunidades. Con frecuencia son el blanco de carteles, delincuenciales, policías y agentes de inmigración que intentan robarles, secuestrarles, extorsionarles, violarles o matarles. Estos delitos rara vez se denuncian, investigan o castigan.
  2. En su EPU de 2018, México acordó tomar medidas para proteger y garantizar la seguridad de los migrantes y solicitantes de asilo, incluyendo aquellos en tránsito, y para asegurarles acceso a la justicia.[41] También se comprometió a fortalecer la Comisión de Ayuda a Refugiados (COMAR), aumentando considerablemente el número de trabajadores para tramitar las solicitudes de asilo.[42] Sin embargo, el gobierno ha seguido colaborando activamente en políticas abusivas de disuasión de la inmigración y los abusos contra migrantes y solicitantes de asilo siguen siendo un grave problema.
  3. México ha intensificado sus esfuerzos para impedir que los migrantes y los solicitantes de asilo lleguen a Estados Unidos, incluyendo el despliegue de más de 31 mil soldados para control migratorio.[43] Las autoridades detuvieron a 444 mil personas en centros de detención migratoria en 2022, la cifra más alta de la historia.[44] El personal de estos centros suele presionar a los detenidos para que acepten el “retorno asistido” (es decir, la deportación) a sus países de origen y les disuaden de solicitar asilo incluso cuando dicen que su vida podría correr peligro si son devueltos.[45] También suelen no informar a las familias de los detenidos sobre su paradero y les niegan el acceso a los teléfonos, lo que podría constituir una desaparición forzada, según el CED.[46]
  4. Los centros de detención migratoria suelen ser hacinados, insalubres y peligrosos. En abril de 2023, 40 personas murieron en un incendio en un centro de detención migratoria en Ciudad Juárez después de que el personal no les liberara de su celda.[47]
  5. Desde 2019, México ha permitido a Estados Unidos expulsar a México a ciertos migrantes y solicitantes de asilo no mexicanos.[48] Human Rights Watch ha documentado decenas de casos de personas expulsadas, en virtud de estos acuerdos, que sufrieron graves abusos cometidos por grupos delictivos, la policía mexicana y agentes de migración. Estos abusos incluyeron agresiones sexuales, robos a mano armada, secuestros y extorsiones. En muchos casos, cuando las víctimas intentaron denunciar estos abusos, las autoridades se negaron a investigar.[49]
  6. El número de personas que solicitan reconocimiento como refugiados en México se ha disparado en la última década. El presupuesto para el sistema de asilo no ha seguido el mismo ritmo. Desde 2018, México ha ampliado enormemente la capacidad de su sistema de asilo con  apoyo importante del ACNUR, que proporciona la mayor parte del dinero para personal y otros gastos operativos.[50] Sin embargo, el presupuesto existente sigue siendo insuficiente. Más de 118 mil personas solicitaron asilo en México en 2022, pero el gobierno resolvió poco más de 36 mil casos.[51] En los primeros seis meses de 2023, casi 75 mil personas solicitaron asilo en México.[52]

Recomendaciones:

  • Garantizar que las denuncias de abusos contra migrantes y solicitantes de asilo se investiguen y enjuicien con prontitud.
  • Garantizar que todas las personas detenidas por agentes de migración o las que son expulsadas de Estados Unidos a México puedan solicitar refugio, que estas solicitudes sean examinadas de manera rápida y justa, y que nadie sea devuelto a un lugar donde su seguridad corra peligro.  
  • Poner fin a los acuerdos que permiten la expulsión de personas no mexicanas desde Estados Unidos hacia México.
  • Garantizar la financiación y el personal adecuados para la COMAR.
  • Garantizar que los migrantes detenidos puedan comunicarse con sus familias e incluirlos en el Registro Nacional de Detenidos.

 

Discriminación contra minorías

  1. En su EPU de 2018, México aceptó recomendaciones para tomar medidas para combatir la discriminación contra las personas indígenas y afrodescendientes.[53] Sin embargo, la discriminación racial sigue siendo un problema, sobre todo en las acciones de control migratorio.
  2. México ha establecido puestos internos de control  migratorio en todo el país, operados por soldados y agentes de migración. A menudo, el objetivo de estos controles son las personas negras, morenas o indígenas, incluidos los mexicanos indígenas y los afromexicanos, que con frecuencia son detenidos, acosados o incluso deportados injustamente.[54]
  3. En 2022, la Suprema Corte de México dictaminó que la disposición legal que permite a los agentes de migración detener a cualquier persona y exigirle comprobar su situación legal es discriminatoria porque afecta de forma desproporcionada a las personas indígenas y  afromexicanas.[55] Sin embargo, el Congreso aún no ha modificado la ley para prohibir las revisiones migratorias racialmente discriminatorias.[56]

Recomendaciones:

  • Derogar la disposición que permite a los agentes de migración realizar revisiones migratorias racialmente discriminatorias en el interior del país.

 

Personas con discapacidad

  1. En su EPU de 2018, México acordó tomar medidas para proteger los derechos de las personas con discapacidad, incluyendo para apoyar su capacidad de participar en sus comunidades y hacer esfuerzos para eliminar todas las formas de trato degradante doméstico e institucional.[57]   
  2. En abril de 2023, el Congreso modificó el Código Nacional de Procedimientos Civiles para reconocer la plena capacidad jurídica de todas las personas mayores de 18 años y el derecho a tomar decisiones con apoyo.[58] Sin embargo, las legislaturas estatales aún no han reformado sus códigos civiles para adecuarlos a los estándares internacionales de derechos humanos, lo que significa que muchas personas con discapacidad siguen sin poder ejercer su derecho a la plena capacidad jurídica.
  3. México reformó su Ley General de Salud en mayo de 2022 para establecer el derecho al apoyo comunitario en salud mental y normas sólidas sobre el consentimiento informado, así como la prohibición del tratamiento y la hospitalización de manera involuntaria.[59] Sin embargo, miles de personas con discapacidades psicosociales (afectaciones de salud mental) o con un consumo problemático de drogas permanecen permanentemente en instituciones.[60] La reforma incluyó disposiciones para proporcionar servicios de salud mental en hospitales de primer nivel y ordena la reconversión de los hospitales psiquiátricos para proporcionar servicios de salud mental en la comunidad.

Recomendaciones:

  • Armonizar las leyes estatales y federales para que todas las personas mayores de 18 años puedan ejercer sus derechos a la plena capacidad jurídica y a la toma de decisiones con apoyo.
  • Aplicar plenamente las enmiendas a la Ley General de Sanidad para que las personas que viven en centros psiquiátricos puedan acceder a ayudas que les permitan vivir en sus comunidades.

 

Derecho al aborto

  1. En su EPU de 2018, México aceptó las recomendaciones de armonizar la legislación estatal y federal para garantizar que todas las personas puedan acceder a un aborto seguro y legal independientemente de su lugar de residencia.[61] Desde 2018, el acceso al aborto se ha ampliado, pero sigue estando muy restringido en 21 de los 32 estados, que sólo lo permiten en determinados casos, como la violación.[62] Incluso donde el aborto está permitido, las personas se enfrentan a barreras cuando intentan acceder al aborto.
  2. La Suprema Corte dictaminó en 2021 que la penalización absoluta del aborto es inconstitucional y que no se debe perseguir penalmente a las personas por someterse al procedimiento, que los gobiernos estatales no tienen autoridad para legislar que la vida comienza en el momento de la concepción y que el derecho del personal médico a negarse a practicar abortos por la objeción de conciencia está sujeto a límites.[63]

Recomendaciones:

  • Armonizar las leyes para adecuarlas a las recientes sentencias de la Suprema Corte para despenalizar el aborto en todos los estados, a fin de garantizar que todas las personas puedan acceder a un aborto legal, seguro y gratuito, independientemente de su lugar de residencia.

 

 

[1] Human Rights Watch, Ni Seguridad, Ni Derechos: Ejecuciones, desapariciones y tortura en la “guerra contra el narcotráfico” de México, (Human Rights Watch: Nueva York, 2011), https://www.hrw.org/report/2011/11/09/neither-rights-nor-security/killings-torture-and-disappearances-mexicos-war-drugs; José Miguel Vivanco (Human Rights Watch), “Aftermath of a Massacre”, comentario, The Huffington Post, 14 de julio de 2015, https://www.huffpost.com/entry/aftermath-of-a-massacre_b_7794534; Maria Abi-Habib y Galia García Palafox, “Deadly Attack Exposes Growing Threat in Mexico: the Military”, New York Times, 7 de abril de 2023, https://www.nytimes.com/2023/04/07/world/americas/mexico-military-killings-nuevo-laredo.html.

[2] A/HRC/40/8. Recomendaciones 132.42 (Bahréin), 132.43 (Chequia), 132.44 (Japón), 132.45 (Liechtenstein), 132.46 (Myanmar).

[3]A/HRC/40/8. Recomendación 132.104 (Perú).

[4] A/HRC/25/7. Recomendaciones 148.96 (Japón), 148.97 (Polonia), 148.98 (Estados Unidos), 148.101 (Vietnam).

[5] “Datos preliminares revelan que en 2021 se registraron 35.625 homicidios”, comunicado de prensa 376/22 del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), 26 de julio de 2022, https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/boletines/2022/DH/DH2021.pdf; Portal de datos de la ONUDD, “Victims of intentional homicide”, https://dataunodc.un.org/dp-intentional-homicide-victims, consultado el 4 de julio de 2023.

[6] “Agresiones contra el personal militar”, Secretaría de la Defensa Nacional, 1 de mayo de 2023, https://www.gob.mx/sedena/acciones-y-programas/agresiones-contra-el-personal-militar.

[7] A/HRC/40/8. Recomendaciones 132.91 (Irlanda), 132.92 (España), 132.97 (Francia), 132.98 (Alemania), 132.99 (Italia), 132.102 (Noruega).

[8] A/HRC/40/8. Recomendaciones 132.84 (Estados Unidos), 132.85 (Austria), 132.87 (Reino Unido), 132.93 (Australia).

[9] Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), “Encuesta Nacional de Victimización y Percepción sobre Seguridad Pública 2022: Presentación Ejecutiva”, pp.39-43, https://www.inegi.org.mx/contenidos/programas/envipe/2022/doc/envipe2022_presentacion_nacional.pdf.

[10] Fundación para el Debido Proceso & Oficina en Washington para Asuntos Latinoamericanos, La Ley de Implementación de la Fiscalía Nacional de México: Avances y asuntos pendientes, (WOLA: Washington, DC: 2019), https://www.wola.org/analysis/report-mexico-national-prosecutors-office-implementing-law/.

[11] Colectivo vs La Impunidemia, “Fiscalómetro: ¿Cómo enfrenta nuestro país su impunidemia?”, 7 de octubre de 2020, https://www.wola.org/wp-content/uploads/2020/10/FISCAL%C3%93METRO.pdf; “Gertz Manero y diputados reviven a la PGR y traicionan a las víctimas”, Colectivo vs la Impunidemia, comunicado de prensa, 23 de abril de 2021, https://www.mucd.org.mx/wp-content/uploads/2021/04/Comunicado-impunidemia-LOFGR-230421-V3.pdf.

[12] A/HRC/40/8. Recomendaciones 132.56 (Turquía), 132.58 (Bielorrusia), 132.59 (Ghana), 132.60 (Noruega), 132.61 (Pakistán).

[13] Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), “Encuesta Nacional de Población Privada de la Libertad (ENPOL) 2021: Presentación Ejecutiva”, p. 65, https://www.inegi.org.mx/contenidos/programas/enpol/2021/doc/enpol2021_presentacion_nacional.pdf.

[14] Ibid, p. 74.

[15] Fiscalía General de la República, “Registro Nacional del Delito de Tortura”, https://renadet.fgr.org.mx/ (consultado el 4 de julio de 2023).

[16] Según el informe más reciente disponible en el registro, con fecha de marzo de 2023.

[17] Según solicitudes de información pública realizadas por la Comisión Mexicana para la Defensa y Promoción de los Derechos Humanos y compartidas con Human Rights Watch.

[18] Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), “Censo Nacional de Sistema Penitenciario Federal 2022”, p.32, https://www.inegi.org.mx/contenidos/programas/cnsipee/2022/doc/cnsipee_2022_resultados.pdf.

[19] “Decreto por el que se declara reformado el Artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de prisión preventiva oficiosa”, Diario Oficial de la Federación, 12 de abril de 2019, https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5557700.

[20] Tzompaxtle Tecpile y otros vs. México, Corte Interamericana de Derechos Humanos, Sentencia, 7 de noviembre de 2022, https://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/seriec_470_esp.pdf; García Rodríguez y otros vs. México, Corte Interamericana de Derechos Humanos, Sentencia, 25 de enero de 2023 https://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/seriec_482_esp.pdf.

[21] “El primero de abril inicia Registro Nacional de Detenciones por faltas administrativas”, comunicado de prensa del gobierno mexicano, 31 de marzo de 2021, https://www.gob.mx/sspc/prensa/el-primero-de-abril-inicia-registro-nacional-de-detenciones-por-faltas-administrativas-268290.

[22] A/HRC/40/8. Recomendaciones 132.49 (Alemania), 132.72 (Francia), 132.74 (Ghana), 132.77 (Argentina)

[23] A/HRC/40/8. Recomendaciones 132.83 (Estados Unidos), 132.56 (Turquía), 132.55 (Suiza), 132.7 (Paraguay), 132.8 (Benín), 132.9 (Uruguay), 132.69 (Chile).

[24] Secretaría de Gobernación, Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas (RNPDNO), https://versionpublicarnpdno.segob.gob.mx/, consultado el 4 de julio de 2023.

[25] Human Rights Watch, Desaparecidos de México: El persistente costo de una crisis ignorada, (Human Rights Watch: Nueva York: 2013), https://www.hrw.org/report/2013/02/20/mexicos-disappeared/enduring-cost-crisis-ignored; CED/C/R.9 (Conclusiones), párrs. 25-27

[26] Comisión Nacional de Búsqueda, “Informe para el Comité contra las Desapariciones Forzadas de las Naciones Unidas”, marzo de 2022, p. 22, https://comisionacionaldebusqueda.gob.mx/wp-content/uploads/2022/03/CNB-Informe-CED-Espanol.pdf.

[27] Karla Quintana & Javier Yankelevich (Comisión Nacional de Búsqueda), “Morir identificado y buscado, y ser enviado a una fosa común”, comentario, Animal político, 23 de febrero de 2022, https://www.animalpolitico.com/analisis/invitades/morir-identificado-y-buscado-y-ser-enviado-a-una-fosa-comun.

[28] Movimiento por Nuestros Desaparecidos en México, “La Crisis Forense en México”, agosto de 2021, https://movndmx.org/wp-content/uploads/2021/08/Informe-La-Crisis-Forense-en-Me%CC%81xico.pdf.

[29] Comisión Nacional de Búsqueda, p. 45.

[30] CED/C/24/D/4/2021.

[31] CED/C/R.9 (Conclusiones).

[32] Ibid, p.25.

[33] “Aviso General mediante el cual se da a conocer la fecha de inicio de operación del Banco Nacional de Datos Forenses y del Registro Nacional de Personas Fallecidas No Identificadas y No Reclamadas”, Diario Oficial de la Federación, 11 de mayo de 2023, https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5688420.

[34] A/HRC/40/8. Recomendaciones 132.23 (Estado Plurinacional de Bolivia), 132.70 (República Checa), 132.73 (Alemania), 132.78 (Argentina), 132.79 (Nueva Zelanda), 132.137 (Estonia), 132.138 (Lituania).

[35] José Luis Gamboa, Margarito Martínez, Lourdes Maldonado, Roberto Toledo, Heber López, Jorge Luis Camero, Juan Carlos Muñiz, Armando Linares, Luis Enrique Ramírez, Yessenia Mollinedo, Sheila Johana García, Antonio de la Cruz, Ernesto Méndez, Juan Arjón López, Fredid Román, Pedro Pablo Kumul.

[36] Comité Cerezo México, “Informe: 22 personas defensoras de derechos humanos ejecutadas extrajudicialmente en 2022”, 10 de enero de 2023, https://www.comitecerezo.org/IMG/pdf/informeejeex2022.pdf.

[37] Centro Mexicano de Derecho Ambiental, “Informe sobre la situación de las personas y comunidades defensoras de los derechos humanos ambientales en México: 2022”, abril de 2023, https://www.cemda.org.mx/informe-2022/.

[38] Fiscalía Especial para la Atención de Delitos cometidos contra la Libertad de Expresión, “Informe Estadístico”, mayo de 2023, https://fgr.org.mx/swb/FEMDH/FEADLE.

[39] “México debe abordar la violencia incesante contra periodistas”, comunicado de prensa de Human Rights Watch, 3 de mayo de 2022, https://www.hrw.org/es/news/2022/05/03/mexico-debe-abordar-la-violencia-incesante-contra-periodistas.

[40] Plataforma Nacional de Transparencia, Solicitud nº 331009722000028, 13 de mayo de 2022.

[41] A/HRC/40/8. Recomendaciones 132.153 (Suecia), 132.255 (Costa de Marfil), 132.257 (Ecuador), 132.258 (Grecia), 132.260 (Santa Sede), 132.264 (Armenia), 132.229 (Marruecos).

[42] A/HRC/40/8. Recomendación 132.259 (Haití).

[43] Conferencia de prensa matutina, presidente Andrés Manuel López Obrador, Ciudad de México, 27 de junio de 2023; Conferencia de prensa, secretario de Defensa Luis Cresencio Sandoval González, Tuxtla Gutiérrez, 27 de agosto de 2021; Tom Phillips, “Mexico immigration chief vows to cut number of people migrating by 60%”, The Guardian, 21 de junio de 2019, https://www.theguardian.com/world/2019/jun/21/mexico-immigration-chief-vows-to-cut-number-of-people-migrating-by-60.

[44] Secretaría de Gobernación, “Boletín Mensual de Estadísticas Migratorias 2022”, consultado el 5 de julio de 2023, http://www.politicamigratoria.gob.mx/work/models/PoliticaMigratoria/CEM/Estadisticas/Boletines_Estadisticos/2022/Boletin_2022.pdf.

[45] “México: Solicitantes de asilo enfrentan abusos en la frontera sur”, comunicado de prensa de Human Rights Watch, 5 de marzo de 2021, https://www.hrw.org/es/news/2022/06/06/mexico-solicitantes-de-asilo-enfrentan-abusos-en-la-frontera-sur; Human Rights Watch, Puertas cerradas: El fracaso de México en la protección de niños refugiados y migrantes de América Central (Nueva York: Human Rights Watch, 2016), https://www.hrw.org/es/report/2016/03/31/puertas-cerradas/el-fracaso-de-mexico-en-la-proteccion-de-ninos-refugiados-y.

[46] CED/C/R.9 (Conclusiones), párr. 18-19.

[47] Vicki Gaubeca, “Tragedia en un centro mexicano de detención de inmigrantes mexicano”, comentario, despacho de Human Rights Watch, 3 de abril de 2023, https://www.hrw.org/es/news/2023/04/17/tragedia-en-un-centro-de-detencion-de-inmigrantes-mexicano.

[48] “EE. UU.: La “prohibición de asilo” de Biden pone vidas en riesgo en la frontera”, comunicado de prensa de Human Rights Watch, 11 de mayo de 2023, https://www.hrw.org/es/news/2023/05/11/ee-uu-la-prohibicion-de-asilo-de-biden-pone-vidas-en-riesgo-en-la-frontera.

[49] Human Rights Watch, Como si me estuviera ahogando: El programa estadounidense ‘Permanecer en México’ (Nueva York: Human Rights Watch, 2021), https://www.hrw.org/es/report/2021/01/06/como-si-me-estuviera-ahogando/el-programa-estadounidense-permanecer-en-mexico; Carta de Human Rights Watch al inspector general del Departamento de Seguridad Nacional de EE.UU., Joseph Cuffari, y al responsable de Derechos Civiles y Libertades Civiles, Cameron Quinn, “Formal Complaint Regarding ‘Remain in Mexico’”, 2 de junio de 2020, https://www.hrw.org/news/2020/06/02/dhs-oig-formal-complaint-regarding-remain-mexico; Human Rights Watch, We Can't Help You Here: US Returns of Asylum Seekers to Mexico (Nueva York: Human Rights Watch 2019), https://www.hrw.org/report/2019/07/02/we-cant-help-you-here/us-returns-asylum-seekers-mexico; “México: Abusos contra solicitantes de asilo en la frontera con Estados Unidos”, comunicado de prensa de Human Rights Watch, 5 de marzo de 2021, https://www.hrw.org/es/news/2021/03/05/mexico-abusos-contra-solicitantes-de-asilo-en-la-frontera-con-estados-unidos. “EE. UU.: Solicitantes de asilo LGBT en peligro en la frontera”, comunicado de prensa de Human Rights Watch, 31 de mayo de 2022, https://www.hrw.org/es/news/2022/05/31/ee-uu-solicitantes-de-asilo-lgbt-en-peligro-en-la-frontera.

[50] “México: Solicitantes de asilo enfrentan abusos en la frontera sur”, comunicado de prensa de Human Rights Watch, 5 de marzo de 2021, https://www.hrw.org/es/news/2022/06/06/mexico-solicitantes-de-asilo-enfrentan-abusos-en-la-frontera-sur; Lilian Hernández Osorio, “Entrega la Acnur a la Comar más del doble de recursos que Gobernación”, La Jornada, 8 de mayo de 2023, https://www.jornada.com.mx/notas/2023/05/08/politica/entrega-la-acnur-a-la-comar-mas-del-doble-de-recursos-que-gobernacion/.

[51] Secretaría de Gobernación, “La COMAR en números: junio 2023”, 4 de julio de 2023, https://www.gob.mx/comar/articulos/la-comar-en-numeros-338814?idiom=es.

[52] Ibid.

[53] A/HRC/40/8. Recomendaciones 132.20 (Honduras), 132.242 (República Islámica del Irán), 132.28 (Botswana), 132.238 (Egipto), 132.245 (Rwanda).

[54] Tyler Mattiace, "La Suprema Corte de México prohíbe los controles migratorios 'aleatorios'", comentario, despacho de Human Rights Watch, 26 de mayo de 2022, https://www.hrw.org/es/news/2022/05/26/suprema-corte-de-mexico-prohibe-revisiones-migratorias-aleatorias.

[55] “El procedimiento de revisión migratoria que se efectúa en lugares distintos al de tránsito internacional es inconstitucional por aplicarse a personas nacionales y extranjeras sin distinción alguna: Primera Sala”, Suprema Corte, comunicado de prensa, 19 de mayo de 2022, https://www.internet2.scjn.gob.mx/red2/comunicados/noticia.asp?id=6906.

[56] Ari Sawyer, "México debería prohibir las revisiones migratorias", comentario, despacho de Human Rights Watch, 25 de abril de 2023, https://www.hrw.org/es/news/2023/04/25/mexico-deberia-prohibir-las-revisiones-migratorias.

[57] A/HRC/40/8. Recomendaciones 132.247 (Bulgaria), 132.18 (Bután), 132.249 (Djibouti).

[58] Carlos Ríos Espinosa (Human Rights Watch), “Un procedimiento centrado en la persona”, comentario, El País, 25 de abril de 2023, https://www.hrw.org/news/2023/04/25/procedure-centered-person.

[59] “Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de Salud Mental y Adicciones”, Diario Oficial de la Federación, 16 de mayo de 2022, https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5652074.

[60] Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), Censo de Alojamientos de Asistencia Social 2015, https://www.inegi.org.mx/rnm/index.php/catalog/217.

[61] A/HRC/40/8. Recomendaciones 132.206 (Islandia), 132.178 (Dinamarca, Georgia, Eslovenia), 132.175 (Azerbaiyán).

[62] Human Rights Watch, “México” en Informe Mundial 2023 (Human Rights Watch: Nueva York 2023), pp. 415-416, https://www.hrw.org/world-report/2023/country-chapters/mexico#49dda6.

[63] “Suprema Corte Declara Inconstitucional La Criminalización Total del Aborto”, comunicado de prensa de la Suprema Corte, 7 de septiembre de 2021, https://www.internet2.scjn.gob.mx/red2/comunicados/noticia.asp?id=6579; “SCJN Invalida Disposición de la Constitución de Sinaloa que Tutelaba el Derecho a la Vida desde la Concepción y Limitaba el Derecho a las Mujeres a la Autonomía Reproductiva”, comunicado de prensa de la Suprema Corte, 9 de septiembre de 2021, https://www.internet2.scjn.gob.mx/red2/comunicados/noticia.asp?id=6581; “La SCJN Determina Establecer Lineamientos para La Objeción de Conciencia del Personal Médico y de Enfermería, Exhortando al Congreso de la Unión para que Legisle en la Materia sin Desproteger el Derecho a la Salud”, comunicado de prensa de la Suprema Corte, 21 de septiembre de 2021, https://www.internet2.scjn.gob.mx/red2/comunicados/noticia.asp?id=6585.

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